LA TOGA A DEBATE
/ por Sergio Arias /
Han concluido los cómputos de la elección de las personas juzgadoras en todo el país. A pesar de las resistencias y los detractores de este proceso electoral, la elección ha concluido con normalidad y por primera vez en la historia del constitucionalismo mexicano la ciudadanía eligió a quienes serán los próximos jueces de este país.
En el caso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien obtuvo el mayor número de votos fue el abogado oaxaqueño Hugo Aguilar Ortiz quien es reconocido como promotor y defensor de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas. De acuerdo con el artículo 94 constitucional será presidente de la SCJN el que haya obtenido la mayor votación en la elección correspondiente, por tanto, asumirá como tal a partir del 1º de septiembre próximo, sin embargo, anunció que acudirá a rendir protesta del cargo sin la tradicional toga oficial que usan los ministros de la SCJN.
En nuestro país el uso de la toga se encuentra regulado por un decreto presidencial del 8 de enero de 1941. Este decreto establece que los ministros de la SCJN deben portar una toga de seda mate negra, con cuello, vueltas y puños del mismo color, al concurrir a las audiencias del pleno, de las salas y a los actos solemnes. La toga históricamente simboliza la dignidad y solemnidad del cargo, representando la investidura del Poder Judicial.
En la antigua Roma representaba una prenda distintiva de los ciudadanos romanos, especialmente usada por los senadores, magistrados y otras figuras de poder, no cualquiera podía usarla, representaba la pertenencia a la clase política dominante. En los siglos XVII y XVIII países como Francia, Inglaterra o España comenzaron a usar vestimentas formales para los jueces y abogados, incluyendo togas, como símbolo de imparcialidad, autoridad y solemnidad.
En el Elogio de los Jueces Piero Calamandrei señala que la toga transforma a los jueces, o hace la ilusión de transformarlos en iguales o equivalentes en la función; dado que la ley procesal, no admite que, bajo la misma toga, los magistrados sentados en la sala, tengan edad, salud, humor diferentes; no distingue entre el joven y el viejo, el sano y el enfermo, el anémico y el pletórico: “amo la toga por su uniformidad estilizada, que simbólicamente corrige todas las intemperancias personales y difumina las desigualdades individuales del hombre bajo el oscuro uniforme de la función: La toga igual para todos, reduce a quien la viste a ser un defensor del derecho; un abogado”, lo que se refuerza la idea de igualdad entre las partes, por tanto, la toga representa un acto solemne del ejercicio jurídico en la impartición de justicia.
En la deontología jurídica, la toga no es un simple atuendo, sino un símbolo ético-profesional. Su uso recuerda a abogados y jueces su deber de actuar con dignidad, imparcialidad, respeto a la ley y compromiso con la justicia. Es, en definitiva, un emblema de la responsabilidad civil.
Sin embargo, más allá del debate sobre la vestimenta judicial, lo más importante de las próximas personas juzgadoras es que se convertirán en actores fundamentales en la construcción y validación del Derecho. Como señala Luis Carlos Martín Jiménez en La esencia del derecho, el proceso judicial debe ser visto como un mecanismo donde se pone a prueba no solo la validez de las normas, demostrando su eficacia en situaciones concretas. sino que también constituyen y legitiman las normas en el contexto social y político. Los próximos jueces deben ser conscientes de su responsabilidad, no solo ante la ley, sino también ante la sociedad.

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