LOS OTROS FUNDAMENTALISMOS
/ por Sergio Ruiz Arias /
Este 11 de septiembre se cumplen 25 años de los atentados terroristas contra las Torres Gemelas de la ciudad de Nueva York. Integrantes de la organización extremista Al Qaeda secuestraron y estrellaron dos aviones comerciales contra los edificios del World Trade Center, provocando su colapso y la muerte de más de 2,700 personas.
Se trata, sin duda, del mayor atentado terrorista sufrido por los Estados Unidos en toda su historia. Este acontecimiento transformó profundamente la concepción de la seguridad nacional, dando lugar a un reforzamiento de los controles aeroportuarios, la implementación de revisiones más estrictas a los pasajeros, la aprobación de nueva legislación antiterrorista y el despliegue de amplias campañas militares en Afganistán e Irak.
Si bien los ataques terroristas provienen del fundamentalismo religioso islámico, no es el único que pudo ser visible. Posteriormente a los ataques aparecieron otros fundamentalismos seculares que también causaron impacto en la vida diaria de las personas.
En el ámbito jurídico, los atentados del 11 de septiembre reavivaron el debate en torno a la doctrina del derecho penal del enemigo, desarrollada por el jurista alemán Günther Jakobs. Según esta teoría, el Estado distingue entre ciudadanos y enemigos.
Los primeros son aquellos que respetan el orden jurídico y, por ello, conservan y ejercen plenamente sus derechos.
Los segundos son individuos que rechazan de manera persistente las normas fundamentales de convivencia y representan una amenaza para la seguridad colectiva, como los terroristas, los integrantes de organizaciones criminales y los miembros de grupos armados.
Desde esta perspectiva, el Estado podría adoptar medidas excepcionales frente a estos sujetos, incluso limitando ciertas garantías jurídicas. No obstante, numerosos juristas sostienen que esta doctrina es incompatible con un Estado constitucional y democrático de derecho, ya que puede vulnerar principios fundamentales como la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho de defensa y las garantías probatorias de los acusados.
En el ámbito de la teoría política, los atentados del 11 de septiembre reabrieron el debate sobre los límites de la acción del Estado frente a amenazas extremas y sobre hasta qué punto una democracia puede recurrir a la fuerza para garantizar su propia supervivencia. En su obra El mal menor. Ética política en una era de terror, Michael Ignatieff sostiene que, ante riesgos extraordinarios como el terrorismo, los gobiernos democráticos pueden verse obligados a adoptar medidas excepcionales. Sin embargo, advierte que tales medidas deben estar sujetas a límites precisos, mecanismos de supervisión y criterios de transparencia, pues, de lo contrario, el Estado corre el riesgo de erosionar los principios que pretende defender y de asemejarse a aquellos contra quienes combate.
Otros autores, como Michael Wolf, señalan que una comprensión deficiente de fenómenos como el terrorismo puede conducir a diagnósticos equivocados y a respuestas políticas ineficaces o contraproducentes. En su obra La maldad política. Qué es y cómo combatirla, sostiene que la maldad política constituye una realidad persistente de la vida humana y de las comunidades políticas. No obstante, subraya que enfrentar manifestaciones como el terrorismo, el genocidio, la limpieza étnica o la tortura exige una especial precisión moral e intelectual, a fin de evitar tanto la banalización de estos fenómenos como respuestas que terminen agravando los problemas que buscan resolver.
En el ámbito internacional, los atentados del 11 de septiembre dieron lugar a la aprobación de la Resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de la ONU, que obligó a los Estados a reforzar la cooperación y los mecanismos de prevención y combate al terrorismo. La resolución consideró al terrorismo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales y promovió la consolidación de un marco jurídico internacional más robusto. No obstante, algunos autores han señalado que esta respuesta reflejaba una confianza excesiva en la eficacia de los instrumentos legales e institucionales para enfrentar un fenómeno cuyas raíces también son políticas, culturales e ideológicas.
En términos religiosos, Al Qaeda actuó a partir de un proyecto político-religioso definido, vinculado a determinadas interpretaciones del islam y a conflictos internacionales específicos. Desde esta perspectiva, el terrorismo fundamentalista no puede entenderse únicamente como una expresión de fanatismo religioso, sino también como un fenómeno político orientado a la consecución de determinados fines de poder. En este sentido, el terrorismo constituye una forma de violencia política que solo puede comprenderse adecuadamente en el marco de los conflictos y disputas entre actores organizados que buscan imponer sus objetivos mediante el uso del terror.
Finalmente, hace 25 años, dos formas de fundamentalismo, aunque de naturaleza distinta, contribuyeron a reconfigurar el debate mundial sobre la violencia y la seguridad: el fundamentalismo religioso representado por los terroristas de Al Qaeda y el fundamentalismo político que, para algunos autores, se expresó en determinadas respuestas adoptadas por la administración de George W. Bush. A partir de entonces, el mundo se vio obligado a replantear los límites de la acción estatal, el uso de la fuerza y la defensa de los valores democráticos frente a amenazas extremas.
La experiencia demuestra que la política internacional se desarrolla en un escenario en el que el conflicto y la fuerza constituyen realidades históricas ineludibles.
Sin embargo, los nuevos fundamentalismos, ya sean políticos, jurídicos o religiosos, difícilmente ofrecen respuestas satisfactorias a problemas de tal complejidad. Por el contrario, suelen reducir la realidad a esquemas rígidos y excluyentes que terminan reproduciendo las mismas dinámicas que pretenden combatir.
Tal vez una enseñanza más útil pueda encontrarse en el antiguo código Bushido de los samuráis, que proponía enfrentar el mal con justicia y no con venganza; proteger a los inocentes; actuar con valentía frente a las amenazas reales y, sobre todo, evitar convertirse en aquello que se combate.
Después de todo, la paz no depende únicamente de la existencia de personas buenas, sino de la capacidad de actuar con prudencia, firmeza y discernimiento cuando las circunstancias exigen hacer uso de la fuerza.
TERRORISMO EN EU


Deja un comentario